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Valdemoro supervisará más de un centenar de piscinas comunitarias

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Anticipándose a la llegada del calor y los primeros chapuzones, el Área de Salud del Ayuntamiento de Valdemoro pone en marcha el programa de vigilancia y control de aguas de las más de un centenar de piscinas colectivas ubicadas en el municipio con el objetivo de reducir accidentes y enfermedades asociadas a su uso y disfrute. Así, los titulares de estas instalaciones deben informar al Consistorio de su puesta en marcha durante el verano y aportar la documentación que confirme que reúnen las condiciones higiénico sanitarias necesarias para su entrada en funcionamiento.

Hasta el 8 de junio y con una antelación a su apertura de al menos 10 días, las comunidades de propietarios están obligadas a presentar en el Registro del Ayuntamiento la siguiente documentación: el formulario cumplimentado y firmado por el presidente, por duplicado; el análisis físico-químico y microbiológico del agua de cada uno de los vasos o del agua del pozo en los casos en los que sea esa la procedencia y según la legislación vigente; el certificado de tratamiento de desratización, desinsectación y desinfección (DDD), y el NIF del presidente de la comunidad o responsable de la instalación. Si la piscina es de nueva apertura, deberá aportar también el CIF o NIF de la comunidad. En caso de detectase alguna deficiencia estructural en inspecciones anteriores deberán solicitar una nueva revisión para comprobar que se ha subsanado antes de abrirla al público.   

Con posterioridad a este análisis para la apertura y salvo en colectividades de menos de 30 viviendas, habrá que realizar otro en el mes de julio que se presentará en el Consistorio antes del 10 de agosto de 2018.

Por su parte, las piscinas públicas de agrupaciones deportivas tendrán que realizar este control mensualmente y entregarlo antes del día 15 de cada mes.  

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Además de realizar este trámite, todas las piscinas comunitarias deberán contar con el Libro de Registro Oficial que se puede descargar de la página web de la Comunidad de Madrid (www.madrid.org/saludambiental), en el que deberán anotarse los parámetros exigidos un mínimo de dos veces al día.

Los resultados de las mediciones deberán estar en los límites establecidos por la legislación durante todo el periodo en el que la instalación esté operativa y abierta al público.

Además de este documento, se deberá tener en las instalaciones y a disposición de la inspección el original del contrato de los socorristas y de los médicos y enfermeras, si procede, la ficha técnica de los productos químicos con los que se vaya a tratar el agua y la hoja de incidencias del Registro de Accidentes, entre otros documentos.

Fuente: Ayuntamiento de Valdemoro

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