El Ayuntamiento de Valdemoro destinará 17.340 euros a sufragar las actividades que las asociaciones locales del ámbito de la salud, inscritas en el Registro Municipal, estén realizando en 2023 en el municipio. Los colectivos que quieran optar a esta convocatoria de subvenciones deben presentar del 24 de septiembre al 14 de octubre, en el Registro General, la solicitud y la documentación requerida en las bases.
La finalidad de esta convocatoria de subvenciones, es financiar los proyectos de promoción de la salud, de autocuidados y de ayuda mutua que están llevando a cabo en Valdemoro las asociaciones sanitarias locales sin ánimo de lucro en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024.
Los colectivos que quieran beneficiarse de estas ayudas deben estar inscritos, con los datos actualizados, en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Valdemoro, tener su sede o domicilio social en el municipio que, además, debe ser su ámbito territorial de actuación, y haber justificado subvenciones percibidas en anteriores convocatorias.
El plazo para realizar el trámite se extiende del 24 de septiembre al 14 de octubre y junto a la solicitud (ANEXO I) es necesario adjuntar, entre otra documentación, datos de la entidad bancaria a la que se transferirá el importe, memoria de actividades del último año, proyecto para el que se solicita la cuantía y fotocopia del CIF de la asociación. Todo ello se presentará por duplicado en el Registro General del Ayuntamiento.
Estas ayudas municipales son compatibles con cualquier otra otorgada por administraciones públicas o entidades privadas y se adjudicarán teniendo en cuenta criterios como que el proyecto complemente competencias y actividades municipales, sea original frente a otras iniciativas, fomente la participación vecinal o la colaboración con otras entidades, promueva el bienestar social y beneficie a un buen número de personas.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Del 24 de septiembre al 14 de octubre. Registro General del Ayuntamiento de Valdemoro (plaza de la Constitución, 11) o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.
Fuente: Ayuntamiento de Valdemoro
¿Has leído el último número de nuestra revista?